La modificación de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías ha generado cambios significativos en el ámbito del transporte, en particular en relación con la obligatoriedad de la carta de porte. El pasado 3 de agosto de 2022, entró en vigor una nueva normativa, establecida a través del Real Decreto-ley 14/2022, de medidas de sostenibilidad económica en el transporte.
Introducción
La esperada modificación de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre ha traído consigo importantes cambios en el marco legal. Estas modificaciones, junto con la Ley Ordenación de Transportes Terrestre, han dado lugar a lo que se conoce como «Ley de la Cadena de Transporte». Si bien no se trata de una ley en sí misma, sino de cambios sustanciales en las normas existentes, su objetivo principal es garantizar el cumplimiento de las regulaciones en el transporte de mercancías. Como parte de estas modificaciones, se han introducido nuevas infracciones en los artículos 141 y 143 de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT).
La obligatoriedad de la carta de porte nacional
Uno de los cambios más destacados es la obligatoriedad de la carta de porte en el ámbito nacional. Anteriormente, no era obligatorio utilizar este documento, aunque existía la opción de utilizar otros documentos de control del transporte, como el albarán o la nota de entrega. Sin embargo, con la entrada en vigor de la modificación de la ley, se ha establecido la obligación de utilizar la carta de porte en envíos con un valor igual o superior a 150€, que incluyan el precio del transporte.
Requisitos de la carta de porte en contratos con el porteador efectivo
El artículo 10 bis de la Ley 15/2009 establece los requisitos que deben cumplir las cartas de porte en los contratos celebrados con el porteador efectivo. Estos requisitos incluyen las siguientes menciones obligatorias:
a) Datos del cargador y expedidor
En la carta de porte, es necesario incluir el nombre o denominación social, NIF y dirección del cargador y, en su caso, del expedidor.
b) Datos del transportista efectivo
Se debe proporcionar el nombre o denominación social y NIF del transportista efectivo.
c) Recepción de la mercancía por el porteador efectivo
Es fundamental indicar el lugar, fecha y, en su caso, hora en la que el porteador efectivo recibe la mercancía.
d) Entrega de la mercancía en destino
Se deben especificar el lugar, la fecha y, en su caso, la hora prevista de entrega de la mercancía en el destino.
e) Datos del destinatario
Es necesario incluir el nombre y dirección del destinatario de la mercancía.
f) Naturaleza y masa de las mercancías
En la carta de porte, se debe indicar la naturaleza y masa de las mercancías transportadas. En casos donde la determinación exacta de la masa sea difícil debido a las circunstancias de carga del vehículo, se buscará otro tipo de magnitud para determinarla.
Precio del transporte y gastos relacionados
En la carta de porte se debe especificar el precio convenido del transporte, así como el importe de los gastos relacionados con el transporte previstos en el artículo 20. Estos costes deben cubrir la totalidad de los costes efectivos individuales incurridos o asumidos por el porteador para prestar el servicio de transporte. La determinación del coste efectivo puede realizarse tomando en consideración la referencia temporal que mejor se ajuste a las previsiones y estrategia empresarial del porteador.
En aquellos casos en los que no sea exigible el documento de control administrativo regulado por la normativa de transporte, los transportes por carretera se regirán por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 15/2009, y no serán de aplicación las obligaciones establecidas en el artículo 10 bis.
Es importante destacar que el incumplimiento de la obligación de incluir el precio del transporte en la carta de porte únicamente generará los efectos establecidos expresamente en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Tanto el cargador contractual como el porteador efectivo son responsables de los gastos y perjuicios derivados de la inexactitud o insuficiencia de los datos incluidos en la carta de porte. Estos datos deben conservarse durante un período de un año.
En resumen, la modificación de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías ha establecido la obligatoriedad de la carta de porte en los contratos celebrados con el porteador efectivo cuando el valor del transporte supere los 150€. Sin embargo, dado que el transporte de mercancías ya requería la documentación de los envíos mediante diversos documentos de control, como el albarán o la nota de entrega, puede resultar conveniente elaborar un modelo de carta de porte para utilizar en todos los contratos de transporte terrestre. De esta manera, se puede llevar un mejor control de los transportes, siempre asegurando la inclusión de las menciones obligatorias.
Recuerda que el modelo de carta de porte es de libre edición, siempre y cuando contenga todas las menciones obligatorias establecidas por la ley.
Si deseas obtener más información sobre esta modificación de la ley y cómo afecta al transporte terrestre de mercancías, no dudes en consultar fuentes adicionales y asesorarte de manera adecuada.
Preguntas frecuentes
1. ¿Cuál es la fecha de entrada en vigor de la modificación de la Ley 15/2009? La modificación de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías entró en vigor el día 3 de agosto de 2022.
2. ¿En qué consiste la Ley de la Cadena de Transporte? La Ley de la Cadena de Transporte es un conjunto de cambios y modificaciones introducidos en la Ley 15/2009 y la Ley Ordenación de Transportes Terrestre, con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las normas en el transporte de mercancías.
3. ¿A partir de qué valor se hace obligatoria la carta de porte? La carta de porte se vuelve obligatoria en los envíos con un valor igual o superior a 150€, que incluyan el precio del transporte.
4. ¿Qué menciones obligatorias debe incluir la carta de porte? La carta de porte debe contener las siguientes menciones obligatorias: a) Datos del cargador y expedidor. b) Datos del transportista efectivo. c) Recepción de la mercancía por el porteador efectivo. d) Entrega de la mercancía en destino. e) Datos del destinatario. f) Naturaleza y masa de las mercancías. g) Precio convenido del transporte y gastos relacionados.
5. ¿Qué sucede si una de las partes no cumple con la obligación de emitir la carta de porte? Si la parte contratante requerida para emitir la carta de porte se niega a hacerlo, la otra parte puede considerarla desistida del contrato, con los efectos correspondientes según lo establecido en la ley.
Conclusión
La modificación de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías, vigente desde agosto de 2022, ha introducido la obligatoriedad de la carta de porte en los contratos celebrados con el porteador efectivo en envíos con un valor igual o superior a 150€. Esta modificación busca fortalecer el cumplimiento de las normas y mejorar el control en el transporte de mercancías. Es importante que las partes involucradas en el transporte estén al tanto de estos cambios y cumplan con los requisitos establecidos para evitar posibles sanciones y perjuicios.
Preguntas frecuentes adicionales
1. ¿Existen otras formas de documentar el transporte de mercancías además de la carta de porte? Sí, existen otros documentos de control del transporte, como el albarán o la nota de entrega, que también pueden utilizarse para documentar los envíos de mercancías, aunque la carta de porte es obligatoria en ciertos casos según la modificación de la ley.
2. ¿Cómo puedo obtener un modelo de carta de porte válido? Puedes consultar con expertos en transporte o asesorarte legalmente para obtener un modelo de carta de porte que cumpla con todas las menciones obligatorias establecidas por la ley y se ajuste a tus necesidades específicas.
3. ¿Qué repercusiones puede tener el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la modificación de la ley? El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la modificación de la ley puede dar lugar a sanciones y generar gastos y perjuicios para las partes involucradas en el transporte de mercancías. Es importante cumplir con todos los requisitos y conservar los datos correctamente durante el periodo requerido.
4. ¿La modificación de la ley afecta únicamente al transporte terrestre de mercancías? Sí, la modificación de la ley se aplica específicamente al contrato de transporte terrestre de mercancías y no afecta a otros modos de transporte, como el marítimo o el aéreo.
5. ¿Dónde puedo obtener más información sobre la modificación de la Ley 15/2009? Puedes consultar el texto completo de la ley modificada en el BOE y buscar asesoramiento legal o consultar fuentes especializadas para obtener más información detallada sobre este tema.